Mendoza 6 de mayo de 2008
Vistos el Expte. Nº 686/C/2008 y el Legajo correspondiente a la entidad Cooperadora Escuela Regional Cuyo de Cine y Video en el art. 4 inciso g) de la Ley 5069
CONSIDERANDO: Que la entidad se encuentra en situación de irregularidad, sin perjuicio que subsisten elementos que justifican el bien común inherente a la asociación, fundamentalmente la voluntad de continuar con el cumplimiento de su objeto social manifestado por asociados con derecho a voto. Que oportunamente el Sr. Pablo Aparicio emplazó a rendir cuenta detallada y justificada de todas las operaciones y gestiones realizadas, a entregar los libros contables y memoria todo de acuerdo con lo previsto en el art. 23 del estatuto y conforme al art. 22 del mencionado estatuto se convoque a asamblea con fecha 3 de diciembre de 2007, según consta a fojas 7. Que Asesoría Legal meritúa lo prescripto por el Art. 4 inciso g) y art.5- f) y advierte que en consecuencia podría aplicarse el art. 5 f) de la ley 5069 convocando de oficio a una asamblea de asociados a los efectos de regularizar a la entidad. Que a fs. 32 Asesoría Legal sugiere 1º. Convocar de oficio a Asamblea, a fin de que los propios asociados, puedan regularizar la entidad y continuar con la consecución de su objeto. 2º. Fijar un orden del día. 3º- designar personal técnico de esta repartición a fin de que concurran, presidan y fiscalicen la Asamblea. Que es intención de esta Dirección resolver la situación de la entidad con miras a que prosiga su vida institucional por los medios estatutarios que la rigen. Que en este sentido y advirtiendo la conflictividad que impera en la coyuntura, es conveniente la medida sugerida por el Asesor Letrado en el sentido de requerir la convocatoria a Asamblea con participación de esta Dirección. Que conforme al artículo 5 inc. f) esta Dirección tiene facultades suficientes para convocar a la Asamblea cuando constatare irregularidades graves y estimar en la medida imprescindible en resguardo del interés público.
Por ello, EL DIRECTOR DE PERSONAS JURIDICAS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA RESUELVE:
Artículo 1°- Convóquese a Asamblea General Ordinaria para el día 17 de junio 2008 a las 18:00 horas en el domicilio social sito en Maipú 418, Ciudad de Mendoza, la que será presidida por funcionarios de esta Dirección y tendrá el siguiente orden del día: 1) Designación de dos socios para firmar el acta de Asamblea. 2) consideración por parte de los asambleístas de la responsabilidad de los administradores anteriores; 3) Elección de la Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas; 4) Finalizada la votación y escrutinio se proclamarán las autoridades electas; 5) Plazo de 60 (sesenta) días para la regularización contable de la entidad.
Artículo 2º - Desígnese al Inspector Héctor Mario Pedrosa y al Dr. Franco Ponce a fin que en representación de esta Dirección concurran, presidan y fiscalicen la Asamblea convocada en el artículo 1º de la presente.
Artículo 3º - Regístrese, publíquese por un (1) día y con no menos de diez (10) días de anticipación a la fecha de la Asamblea, la convocatoria ordenada en el artículo 1º de la presente en el Boletín Oficial. Notifíquese, Archívese. Jorge L. Romera
Vistos el Expte. Nº 686/C/2008 y el Legajo correspondiente a la entidad Cooperadora Escuela Regional Cuyo de Cine y Video en el art. 4 inciso g) de la Ley 5069
CONSIDERANDO: Que la entidad se encuentra en situación de irregularidad, sin perjuicio que subsisten elementos que justifican el bien común inherente a la asociación, fundamentalmente la voluntad de continuar con el cumplimiento de su objeto social manifestado por asociados con derecho a voto. Que oportunamente el Sr. Pablo Aparicio emplazó a rendir cuenta detallada y justificada de todas las operaciones y gestiones realizadas, a entregar los libros contables y memoria todo de acuerdo con lo previsto en el art. 23 del estatuto y conforme al art. 22 del mencionado estatuto se convoque a asamblea con fecha 3 de diciembre de 2007, según consta a fojas 7. Que Asesoría Legal meritúa lo prescripto por el Art. 4 inciso g) y art.5- f) y advierte que en consecuencia podría aplicarse el art. 5 f) de la ley 5069 convocando de oficio a una asamblea de asociados a los efectos de regularizar a la entidad. Que a fs. 32 Asesoría Legal sugiere 1º. Convocar de oficio a Asamblea, a fin de que los propios asociados, puedan regularizar la entidad y continuar con la consecución de su objeto. 2º. Fijar un orden del día. 3º- designar personal técnico de esta repartición a fin de que concurran, presidan y fiscalicen la Asamblea. Que es intención de esta Dirección resolver la situación de la entidad con miras a que prosiga su vida institucional por los medios estatutarios que la rigen. Que en este sentido y advirtiendo la conflictividad que impera en la coyuntura, es conveniente la medida sugerida por el Asesor Letrado en el sentido de requerir la convocatoria a Asamblea con participación de esta Dirección. Que conforme al artículo 5 inc. f) esta Dirección tiene facultades suficientes para convocar a la Asamblea cuando constatare irregularidades graves y estimar en la medida imprescindible en resguardo del interés público.
Por ello, EL DIRECTOR DE PERSONAS JURIDICAS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA RESUELVE:
Artículo 1°- Convóquese a Asamblea General Ordinaria para el día 17 de junio 2008 a las 18:00 horas en el domicilio social sito en Maipú 418, Ciudad de Mendoza, la que será presidida por funcionarios de esta Dirección y tendrá el siguiente orden del día: 1) Designación de dos socios para firmar el acta de Asamblea. 2) consideración por parte de los asambleístas de la responsabilidad de los administradores anteriores; 3) Elección de la Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas; 4) Finalizada la votación y escrutinio se proclamarán las autoridades electas; 5) Plazo de 60 (sesenta) días para la regularización contable de la entidad.
Artículo 2º - Desígnese al Inspector Héctor Mario Pedrosa y al Dr. Franco Ponce a fin que en representación de esta Dirección concurran, presidan y fiscalicen la Asamblea convocada en el artículo 1º de la presente.
Artículo 3º - Regístrese, publíquese por un (1) día y con no menos de diez (10) días de anticipación a la fecha de la Asamblea, la convocatoria ordenada en el artículo 1º de la presente en el Boletín Oficial. Notifíquese, Archívese. Jorge L. Romera
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